Abogado de Herencias en Málaga

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Especialistas en derecho hereditario

En Cubero Abogados garantizamos los derechos de nuestros clientes gracias a una amplia experiencia en derecho hereditario. Con una gestión completa de los trámites, nuestros clientes podrán centrarse en lo que de verdad importa.

Especialidades en el área del derecho hereditario y de sucesiones

Abogado especialista en TESTAMENTOS

Nuestro asesoramiento personalizado te ayudará a redactar las cláusulas del testamento para elegir la manera más óptima de ordenar tu sucesión.
  • Testamento abierto: este tipo de testamentos se realiza ante notario. Este será quien guarde el documento original. Siempre que el testador no pueda firmar, sea invidente o no sepa leer el testamento, será necesaria la intervención de dos testigos.
  • Testamento cerrado: el testador no revela en ningún momento su última voluntad. Una vez firmado, este se mete dentro de un sobre que se cierra y se sella para entregarlo al notario.
  • Testamento Ológrafo: como requisito principal el testador debe tener cumplida la mayoría de edad.

 

Además, se debe redactar de su puño y letra, incluyendo la fecha para tener validez y su firma. Si existen defectos de forma este declarará nulo.

  • Redacción de testamentos
  • Desheredación de derechos forzosos
  • Impugnación de testamentos

 

Contar con un abogado especialista en herencias en Málaga te permitirá encontrar la mejor solución para todas las partes.

DECLARACIÓN DE HEREDEROS

Es más que habitual encontrarnos con herencias sin testamento o testamentos que se han declarado nulos. Es aquí cuando la declaración de herederos determina quiénes serán las personas que se convertirán en herederos.
  • Descendientes
  • Ascendientes
  • Cónyuge supérstite
  • Sus parientes colaterales hasta el cuarto grado.

1. Para empezar a cursar una declaración de herederos, las personas que se consideren con interés legítimo deben presentarse ante un notario competente para ello.

 

2. Para llevar a cabo el proceso, los interesados tendrán que aportar los documentos acreditativos que demuestran los hechos. La documentación necesaria es:

DNI del fallecido o certificado de empadronamiento.
Certificado original de defunción.
Certificado del Registro General de Actos de última voluntad, en el caso de haber existido un testamento.
Certificados de nacimiento de todos los herederos.
Certificados de defunción de aquellos llamados a la herencia que hayan fallecido antes del difunto si existiese el caso.
Libros de familia o certificados que acrediten la relación de parentesco con el fallecido.

 

3. Además, para solicitar la declaración de herederos tendrán que acudir dos testigos propuestos por el solicitante que no tengan interés directo en la herencia.

 

4. Será el notario el encargado de comprobar las identidades y designar a los herederos. En el caso de encontrar dificultades, podrá recurrir a cualquier organismo oficial.

 

5. Por último, el notario tendrá que publicar el expediente en el BOE y en el tablón de anuncios del ayuntamiento implicado. Quien no esté de acuerdo tendrá un mes desde su publicación. Sin oposición y transcurrido el mes, el expediente finalizará.

JUICIOS TESTAMENTARIOS

¿Qué hacer cuando los herederos no se ponen de acuerdo a la hora de repartir una herencia?
Al descartar la vía amistosa, la solución está en acudir a los Tribunales para iniciar un proceso de división judicial de herencia. Si este es tu caso, te acompañamos y asesoramos durante todo el proceso para que recuperes lo que te pertenece mediante el juicio de testamentaría.
  1. Solicitud de los legitimados firmada por el abogado y el procurador.
  2. Inventario de los bienes del fallecido y convocatoria de una Junta con los interesados. También se designará a un contador partidor y perito si fuesen necesarios.
  3. Se entregará la documentación y todos los elementos del caudal hereditario para realizar un inventario y su pertinente valoración, liquidación y división de la herencia. Para presentar las operaciones divisorias, el juez podrá fijar un plazo límite al contador.
  4. Presentación por parte del contador-partidor de las operaciones divisorias.
  5. Aprobación de dichas operaciones o, si hubiera oposición entre algunas de las partes, se celebrará una comparecencia para que se llegue a un acuerdo.
  6. De lograrse el acuerdo, el contador hará las modificaciones pertinentes y se aprobarán judicialmente. Por el contrario, de no llegar a un acuerdo, el juez oirá a las partes, admitirá las pruebas pertinentes y proseguirá la tramitación por juicio verbal.
  7. Por último, se llevará a cabo la sentencia en el juicio verbal. Esta, al no tener efecto de cosa juzgada, los interesados podrán hacer valer sus derechos sobre sus bienes en el juicio ordinario correspondiente.

 

Asegura tus derechos con el asesoramiento de un abogado experto en derecho hereditario y de sucesiones.

PLANIFICACIÓN SUCESORIA

¿Tienes claro lo que quieres para los que quieres?
Evita problemas a los futuros herederos gracias a la planificación sucesoria con el objetivo de controlar la gestión de tu patrimonio a largo plazo. Te ayudamos a pensar en el futuro.

Abogado especialista en herencias

Planificar una sucesión va mucho más allá de hacer un testamento.

Te ayudamos a tener una imagen clara de tu patrimonio para poder organizarlo de la mejor manera y determinar cómo y cuándo repartirlo.
Abogado ley segunda oportunidad

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